Certificación Energética en Talavera de la Reina

LA CERTIFICACIÓN ENERGÉTICA

Desde la entrada en vigor del Real Decreto 235/2013, de 5 de abril, es obligatorio realizar la Certificación Energética de los edificios. Sin embargo, aún existe mucho desconocimiento a este respecto. ¿En qué casos se debe solicitar? ¿Quién la encarga? ¿Quiénes pueden realizar la solicitud? ¿En qué consiste el procedimiento?

QUÉ ES

El Certificado de Eficiencia Energética es la documentación generada por un técnico competente que describe las características energéticas del inmueble. Cada certificado viene acompañado con una etiqueta que valora el edificio de la A (más eficiente) a la G (menos eficiente). Así podremos saber qué consumo energético tiene la vivienda que queremos comprar o alquilar y las emisiones de CO2.

Los profesionales habilitados para llevar a cabo la Certificación Energética son los Arquitectos, Arquitectos Técnicos, Ingenieros e Ingenieros Técnicos. Estos profesionales se encargarán, con ayuda de un software reconocido por el Ministerio de Industria, de realizar las tareas necesarias para calcular la eficiencia energética: estudiarán la envolvente del edificio (fachadas, cubiertas, ventanas, etc.) y los equipos de climatización y agua caliente, además de los distintos elementos de sombreamiento del entorno.

CUÁNDO ES OBLIGATORIA LA CERTIFICACIÓN ENERGÉTICA

Si nos centramos en vivienda, local comercial y oficina, existen pocos casos exentos de la obligatoriedad de ser certificado. Todos los edificios de nueva construcción deben contar con certificación energética en cualquier caso.

En cuanto a los edificios existentes habría que matizar. Aquellos edificios de viviendas (o partes de ellos, como una vivienda en particular), viviendas unifamiliares, locales comerciales u oficinas que vayan a ponerse en venta o alquiler deben contar obligatoriamente con una certificación energética, a no ser que ya disponga de un certificado en vigor (tienen una validez máxima de 10 años). Sin embargo, existen las siguientes excepciones:

  • Edificios y monumentos protegidos oficialmente por ser parte de un entorno declarado o en función de su particular valor arquitectónico o histórico.
  • Edificios o partes de edificios utilizados exclusivamente como lugares de culto y para actividades religiosas.
  • Construcciones provisionales con un plazo previsto de utilización igual o inferior a dos años.
  • Edificios industriales, de la defensa y agrícolas o partes de los mismos, en la parte destinada a talleres, procesos industriales, de la defensa y agrícolas no residenciales.
  • Edificios o partes de edificios aislados con una superficie útil total inferior a 50 m2.
  • Aquellos edificios que se compren para reformas importantes o demolición.
  • Edificios o partes de edificios existentes de viviendas, cuyo uso sea inferior a cuatro meses al año, o bien durante un tiempo limitado al año y con un consumo previsto de energía inferior al 25 por ciento de lo que resultaría de su utilización durante todo el año, siempre que así conste mediante declaración responsable del propietario de la vivienda.

En ningún caso, una vivienda, un local comercial o una oficina podrán ser publicitados sin haber sido certificados previamente. Esto incluye la publicidad del inmueble en escaparates de agencias inmobiliarias. Este certificado debe ser solicitado en cualquier caso por el propietario o promotor.

LAS CERTIFICACIONES EN EL ESTUDIO JAHD

En JAHD también hacemos Certificaciones Energéticas y, como en otros aspectos de la profesión, lo hacemos de forma rigurosa. Nos encargamos de tu Certificación Energética en Talavera de la Reina y alrededores siguiendo los siguientes pasos:

En primer lugar, concertaremos una visita al inmueble a certificar y buscaremos información catastral de este. Durante la visita tomaremos medidas de todos los espacios y anotaremos las características de los equipos a evaluar. Ya en el estudio, evaluamos la toma de datos y calculamos la demanda energética, el consumo y las emisiones de CO2. Con ello generamos la Certificación Energética con su etiqueta y sugerimos una serie de medidas que mejorarían la eficiencia. Una vez hecho esto, procedemos al registro de la Certificación, que en Castilla-La Mancha supone el pago de una tasa de 16,39€ (que incluiremos en nuestro presupuesto). Finalizado el trabajo os hacemos entrega de la documentación generada en el proceso. De esta manera, podréis poner a la venta o en alquiler vuestro inmueble.

Si quieres más información al respecto o deseas solicitar presupuesto para un caso concreto, no dudes en ponerte en contacto con nosotros por teléfono o a través del formulario de contacto.

 

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